Carlos Dívar

He leído hoy en el diario público.es este artículo, donde se nos dice que mi querido Gallardón afirma que el Consejo General del Poder Judicial y su presidente, Carlos Dívar, han salido “fortalecidos”, toda vez que el asunto de los viajes a Marbella ha quedado sepultado bajo la montaña de la indiferencia. En los juzgados todo se pudre de aburrimiento y telarañas y jueces que no justifican sus gastos. Todo se archiva porque la justicia sólo sirve para constatar el delito, nunca para corregirlo.

Hagamos un rápido repaso de lo sucedido antes de que sea demasiado tarde, es decir, antes de que la actualidad nos obligue a mirar a otra parte: Su señoría Carlos Dívar pasó gastos de 20 viajes a Puerto Banús en tres años; alguien —un vocal del Consejo General del Poder Judicial— decide denunciar esta irregularidad; finalmente el juez que instruye el caso archiva la causa. La explicación: los jueces no tienen que explicar en qué gastan el dinero de todos, los jueces pueden gastar sin presentar facturas, por lo tanto, su señoría Carlos Dívar es a todas luces inocente, ya que no está incurriendo en delito alguno. Hasta aquí los hechos, todo lo que leas a continuación podrá ser utilizado en mi contra.

Que algo sea o no delito ni dignifica ni oscurece a su infractor, le hace sencillamente más o menos legal, pero dentro de la legalidad se puede ser un tipo despreciable así como dentro del delito se puede ser radicalmente justo. Matar a Hitler hubiera sido un ejemplo de justicia social; respetar la ley del Gulag nos hizo más mezquinos. Hay ejemplos para todos los gustos: buscad el vuestro.

Nos estamos acostumbrado con demasiada facilidad a la cosificación del mundo y sus asuntos: ya no hay moralidad posible. Hay que reducir todo a términos infantiles, sencillos, esquemático, legales. Para que nos entendamos, el Presidente del Consejo General del Poder Judicial no ha cometido ningún delito, puede seguir viajando a Puerto Banús las veces que quiera, sin tener que presentar una sola factura. Que algo no sea ilegal no significa que sea correcto, para eso hemos inventado algo muy complejo que está pasado de moda: la ética. Bajo un punto de vista ético, lo que ha hecho Carlos Dívar es reprobable. A nadie le meten en la cárcel por cometer actos de dudosa ética.

Ahora bien, lo que nuestro querido exalcalde nos dice en los pasillos del Congreso es que «cualquier hecho que se denuncia tiene para todos los españoles una tramitación, una investigación, y en función de ello una calificación». Alberto, tío, nadie ha investigado las facturas de Carlos Dívar; nos gustaría comernos nuestras ínfulas, nos gustaría decir que su señoría viajó a Puerto Banús por asuntos profesionales, pero no podemos, no podemos saber en qué se gasta ese dinero. No sólo se da esta peculiaridad con los jueces del Consejo General del Poder Judicial; dentro del aparato del Estado, muchos otros cargos pueden realizar gastos privados utilizando dinero público sin tener que presentar luego una factura. Esta es la transparencia del gasto público.

Decir que nuestra justicia “sale fortalecida” de un asunto como este, cuadra con la estrategia del partido popular que ya ha denunciado Juan José Millás en este artículo, una estrategia que consiste en deformar el significado de las palabras o, mejor aún, rebautizar el significado de ciertos términos para que designen lo que al poder le convenga.

Separación de poderes

Montesquieu estableció hace trescientos años los cimientos de lo que hoy conocemos como Estado de derecho; una de sus bases consiste en la separación de poderes. Los poderes han de ser tres: legislativo, ejecutivo y judicial. La separación de poderes garantiza la independencia de los mismos y asegura la no injerencia de unos en otros. Todas las democracias actuales se articulan mediante esta separación.

Entiendo que todo el mundo entiende de qué hablo cuando hablo de separación de poderes. Está clarísimo, quizá sea incluso insultante empezar este post con semejante obviedad.

Tres poderes: uno redacta leyes, otro las lleva a cabo, y un tercero se encarga de interpretar la ley y hacerla cumplir. Si bien es cierto que las fronteras entre el ejecutivo y el legislativo a veces se difuminan y no quedan claras, el poder judicial es muy fácil de identificar: se trata de unos tipos que llevan toga. Son abogados. Dicen lo que está bien y  lo que está mal; condenan o absuelven.

La justicia española se articula, a grandes rasgos, mediante la siguiente pirámide (desde la cúspide a la base): Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores, Audiencias Provinciales, y Juzgados de primera instancia. El Tribunal Constitucional, aunque queda fuera de esta jerarquía, tiene poder para anular resoluciones del máximo representante de la justicia española, es decir, del Tribunal Supremo. Digamos que entre ambos tribunales no cabe la subordinación pero si la diferencia de competencias: cada uno se dedica a sus asuntos.

Existe un órgano de Gobierno que trata de defender la independencia de la justicia frente a los otros dos poderes. Este órgano, en España, recibe el nombre de Consejo General del poder judicial.

El Consejo General del poder judicial está formado por veinte miembros. Los veinte miembros los elige el Parlamento por mayoría de tres quintos. En el parlamento español 3/5 son 210 diputados; actualmente, 186 de las bancadas del parlamento están ocupadas por miembros del PP: solo faltarían otros 24 para llegar a los 210.

Los veinte miembros que elegirán diputados y senadores han de pasar primero una criba: según la Ley Orgánica 2/2001 las asociaciones profesionales de Jueces o agrupaciones con representatividad, al menos del 2% del censo de jueces en activo, han de elegir y posteriormente proponer al Parlamento una lista de 36 candidatos, de los cuales el Congreso elegirá a seis y el Senado otros seis. Los ocho restantes serán designados por cada una de las cámaras siguiendo el mismo principio de una mayoría de 3/5.

Los Fiscales del Tribunal Supremo, Fiscales Superiores de Comunidades Autónomas y Fiscales Jefes se nombrarán por el Gobierno, a propuesta del Fiscal General del Estado.

El tribunal Supremo está compuesto por un presidente y un número de magistrados que puede variar, todos ellos elegidos por mayoría simple desde el Consejo General del poder judicial.

Este es el estado de la independencia de la justicia en España.

Fuentes:

http://es.wikipedia.org

http://poderjudicial.es (tratar de buscar cómo se eligen los magistrados del tribunal supremo es prácticamente imposible, en el resto de datos, se agradece la transparencia de la web).

http://lacomunidad.elpais.com/pereztroika/posts (este blog tiene una entrada fabulosa en la que explica lo mismo que he explicado yo en este post).